La Cámara de Representantes aprobó este martes 3 de noviembre un proyecto de ley que prohíbe fumar o mantener encendidos productos de tabaco en espacios abiertos destinados a actividades recreativas o deportivas para menores de edad, como plazas y parques. La iniciativa, que ahora pasa al Senado, también alcanza al consumo de marihuana.
La medida modifica la Ley Nº 18.256, la norma de control del tabaquismo vigente desde 2008, mediante un artículo único que agrega un literal a su artículo 3º. La prohibición cubre espacios abiertos, públicos o privados, de las áreas destinadas a niños y adolescentes, y la reglamentación deberá definir qué otros lugares de similar naturaleza quedan incluidos.
Qué dice exactamente el proyecto aprobado
El texto tiene un solo artículo y surgió de la Comisión de Salud Pública y Asistencia Social, que lo aprobó por unanimidad y señaló al tabaquismo como un grave problema de salud pública. La comisión unificó dos iniciativas similares: una del diputado Álvaro Dastugue y otra de los diputados Silvana Pérez Bonavita y Fernando Pérez Braggio, según informó Montevideo Portal / Montevideo COMM.
El consumo de cannabis queda comprendido por la vía indirecta. La Ley Nº 19.172, que regula el mercado de cannabis desde 2013, establece en su artículo 13 que las restricciones de la ley antitabaco también se aplican a quienes fuman cannabis. Es decir, quien encienda un porro en una plaza infantil estará en la misma situación legal que quien encienda un cigarrillo.
En sala, el diputado Andrés Grezzi explicó que el objetivo es garantizar el derecho a la salud consagrado en la Constitución y asegurar áreas públicas libres de humo, para que niños, niñas y adolescentes no estén expuestos a ambientes contaminados.
Una costumbre naturalizada
La exposición de motivos es directa sobre el diagnóstico: el uso de plazas y parques para fumar se volvió una costumbre extendida en el país.
«Somos testigos de una práctica que se ha naturalizado como correcta, donde personas concurren a las plazas o parques públicos de todo el país para fumar tabaco o marihuana», señalan los autores.
En el caso de las plazas públicas, la responsabilidad de hacer cumplir la medida recaerá en las intendencias, que deberán colocar carteles en español, con o sin imágenes, con la leyenda «Prohibido fumar, ambiente 100% libre de humo».
Los argumentos sanitarios detrás de la prohibición
Para justificar la medida, el proyecto cita un informe de la Comisión Honoraria de Lucha contra el Cáncer que describe al tabaco como la droga más consumida en el mundo y la principal causa global de muerte, enfermedad y discapacidad. En el humo de tabaco se identificaron más de 4.000 sustancias, entre ellas unas 50 cancerígenas, como el arsénico, el monóxido de carbono y el cianuro.
Un dato técnico refuerza el argumento: el 85% del humo sale del extremo encendido del cigarrillo entre una pitada y otra. Ese humo se produce a menor temperatura y tiene mayores concentraciones de algunas sustancias tóxicas.
Sobre el cannabis, los autores citan estudios científicos según los cuales el humo de segunda mano contiene carcinógenos y provoca irritaciones respiratorias. Uno de esos trabajos encontró tasas más altas de infecciones respiratorias virales en niños cuyos cuidadores fumaban marihuana.
El vecino argentino sigue el mismo camino
La discusión no es solo uruguaya. En Mar del Plata, el Ejecutivo dio visto bueno a un proyecto que busca prohibir los vapeadores en espacios públicos abiertos y cerrados, informaron Diario La Capital y Agencia DIB. La iniciativa apunta a incluir los dispositivos electrónicos entre las restricciones de la ordenanza local que ya veta el tabaco en parques, plazas, restaurantes, bares y cines, según Ecos Diarios de Necochea.
Ambos países caminan en la misma dirección: reducir la exposición al humo ajeno en espacios compartidos. Uruguay, como siempre, va un paso adelante; la ley antitabaco de 2008 ya fue pionera en la región y esta extensión a las plazas sigue esa línea.
Qué falta para que la ley sea realidad
El proyecto pasó a la Cámara de Senadores, donde deberá ser tratado y aprobado antes de convertirse en ley. Una vez sancionado, la reglamentación definirá los espacios de «similar naturaleza» alcanzados por la prohibición y las intendencias deberán implementar la cartelería correspondiente.
En el debate en sala intervinieron los diputados Silvana Pérez Bonavita, Agustín Mazzini, Fernando Pérez Braggio, Álvaro Dastugue, Federico Preve y Fermín Farinha. Juan Pablo Delgado y Pérez Braggio fundamentaron su voto.
Preguntas frecuentes
¿Dónde estará prohibido fumar con la nueva ley?
En espacios abiertos, públicos o privados, destinados a actividades recreativas o deportivas para menores de edad: plazas, parques y otros lugares de similar naturaleza que defina la reglamentación.
¿La prohibición incluye la marihuana?
Sí. El artículo 13 de la Ley Nº 19.172 establece que las restricciones de la ley antitabaco también se aplican a quienes fuman cannabis.
¿Quién controla que se cumpla en las plazas públicas?
Las intendencias, que deberán colocar carteles con la leyenda «Prohibido fumar, ambiente 100% libre de humo».
¿Cuándo entra en vigencia la medida?
Aún no tiene fecha. El Senado debe tratar el proyecto y, una vez aprobado, se necesita la reglamentación correspondiente.
