Peruano acusado de terrorismo por falsa amenaza de bomba que paralizó aeropuerto dominicano
Un ciudadano peruano enfrenta cargos formales por terrorismo tras generar una falsa alerta de bomba que obligó al retorno de un vuelo comercial y paralizó por tres horas las operaciones del Aeropuerto Internacional de Las Américas en República Dominicana.
Los hechos que desataron el caos
Ángel del Pino Cuya, también identificado como Ricardo Casas, realizó una llamada telefónica el 6 de enero alertando sobre un supuesto artefacto explosivo a bordo del vuelo CM299 de Copa Airlines con destino a Panamá, cuando la aeronave ya se encontraba en pleno vuelo.
El Ministerio Público dominicano solicitó prisión preventiva argumentando la gravedad de los hechos, el impacto en la seguridad nacional y el alto riesgo de reiteración delictiva. La medida refleja la seriedad con que las autoridades abordan este tipo de amenazas en un contexto donde la seguridad aérea es prioritaria.
Protocolo de emergencia en acción
La falsa alarma desencadenó un operativo de seguridad que involucró múltiples agencias estatales, incluyendo el Cuerpo Especializado en Seguridad Aeroportuaria, la Dirección Nacional de Inteligencia y organismos militares.
Las consecuencias fueron inmediatas y costosas: retorno forzoso del avión, evacuación controlada de pasajeros, inspección exhaustiva de la aeronave y equipaje, suspensión temporal de operaciones y desvío de varios vuelos hacia Punta Cana y Santiago de los Caballeros.
Versiones contradictorias del acusado
Durante la investigación, Del Pino Cuya ofreció versiones inconsistentes. Inicialmente se identificó como gerente de restaurante y afirmó que la información le había sido suministrada por un familiar, pero posteriormente cambió su relato señalando a un amigo de la familia como fuente.
Esta falta de coherencia en su testimonio refuerza la tesis del Ministerio Público sobre la naturaleza deliberada y maliciosa de la amenaza.
Marco legal y precedente
Aunque no se encontró explosivo alguno, las autoridades sostienen que la conducta encaja perfectamente en el tipo penal de terrorismo, al tratarse de una acción destinada a generar pánico colectivo y alterar el orden público.
La acusación se basa en violaciones a la Ley 188-11 sobre Seguridad Aeroportuaria y de la Aviación Civil, así como a la Ley 267-08 sobre Terrorismo. El expediente incluye transcripciones completas de llamadas, registros telefónicos certificados e informes de inteligencia que vinculan directamente al imputado con la amenaza.
Este caso establece un precedente importante sobre cómo las falsas amenazas de bomba son tratadas con el máximo rigor legal, independientemente de si existe o no un artefacto real. La mera intención de generar terror y caos es suficiente para activar los protocolos más severos de la justicia.